Código Ético
1. OBJETO
“Nuestro Mar de Siempre, SL” (en adelante, Numarsi) como empresa dedicada a las actividades principales de limpieza de cefalópodos, pelado y fileteado de pescado, congelación IQF, corte en rodajas, porciones y tacos, y otras actividades complementarias; pretende, con la aprobación de este Código Ético, establecer una pauta de conducta que sirva como guía para todos los sujetos a los que les resulta de aplicación, basándose en los criterios de cumplimiento normativo, ética e integridad.
Con el mismo se procura dar cumplimiento a los más altos estándares empresariales, adecuando los comportamientos de la empresa, sus integrantes y los que con ella se relacionan, a los valores éticos, de conducta responsable y de cumplimiento normativo que se erigen en elemento y valor fundamental de la empresa, promulgados desde la más alta dirección de la compañía.
En el entendimiento de que la búsqueda de valor para la compañía pasa necesariamente por un comportamiento ético e íntegro adecuado con el entorno, con la empresa y con el mercado, basado en una serie de pautas y criterios de actuación, se procede a la aprobación de este Código Ético por el Órgano de Gobierno de la Compañía, para que rija desde su aprobación y en lo sucesivo, el devenir de la empresa.
2. ÁMBITO DE APLICACIÓN
El presente Código Ético será de aplicación a todos los integrantes de la compañía, lo que engloba a los órganos de gobierno, la dirección de la compañía y a la totalidad de la plantilla; así como a clientes, proveedores y cualquier tercero que se relacione con ella.
El Código Ético deberá ser entregado a todo el personal de la empresa, desde Directivos y Consejeros hasta cualquier persona que la represente, quedando prueba de su recepción y garantía de que se asume su cumplimiento. Asimismo, en lo sucesivo, se incorporará a los contratos de trabajo una cláusula para su obligado cumplimiento, entregándose una copia del mismo a las nuevas incorporaciones. También se hará entrega del mismo a los terceros que mantengan relaciones con la empresa para su conocimiento y observancia.
El código ético deberá ser reiterado periódicamente entre el personal de la Compañía y difundido entre las personas físicas y jurídicas que se relacionen con la empresa procurando activamente su aplicación.
3. PRINCIPIOS RECTORES
La Compañía aboga por una actuación íntegra y responsable tanto en el ámbito de la empresa como con el entorno que la rodea y el mercado en el que actúa.
Desde este prisma, Numarsi velará porque las actuaciones de la compañía estén siempre presididas por los siguientes principios rectores:
- Cumplimiento normativo.
- Comportamiento íntegro, eficiente y responsable.
- Respeto a las personas y a los derechos de los trabajadores.
- Calidad en la prestación del servicio y seguridad alimentaria.
- Imparcialidad y respeto a la competencia.
- Respeto al Medio Ambiente.
- Mejora Continua.
4. CRITERIOS DE ACTUACIÓN
Las personas sometidas al presente Código deberán respetar y asumir, en el desempeño de sus funciones en la organización, los criterios de actuación que se detallan a continuación y que se erigen en pilares fundamentales de conducta para la compañía:
4.1. CRITERIOS EN EL ÁMBITO DE LA EMPRESA
Numarsi respetará en todo momento los derechos de los trabajadores, prohibiendo cualquier tipo de discriminación por razón de sexo, ideología, religión, nacionalidad, etc.
Se promueve una cultura de máximo respeto y confianza entre los trabajadores, prohibiéndose cualquier tipo de conducta abusiva hacia los empleados.
Se respeta el derecho de libertad sindical, con el firme compromiso por parte de la empresa, de respetar la normativa laboral vigente, especialmente en lo relativo a salarios y jornadas de trabajo.
La organización se compromete a garantizar la seguridad y salud en el trabajo de todos sus empleados. Los trabajadores son responsables de mantener unas óptimas condiciones físicas e intelectuales para el desarrollo de su cometido en la empresa, con estricta observancia de los estándares procedimentales aplicables y normativa existente, así como las normas de seguridad e higiene, y las órdenes o instrucciones de superiores jerárquicos, con máximo respeto a la confidencialidad que les sea exigible, en relación con el manejo de datos personales, secretos empresariales y/o datos sensibles internos.
La obligación de confidencialidad subsistirá pese al cese de la vinculación laboral o contractual con Numarsi.
Numarsi fomenta la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral, potenciando medidas de promoción y reconocimiento para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, concesión de las mismas oportunidades de acceso al empleo y a la formación entre mujeres y hombres, potenciando, igualmente, las medidas de conciliación laboral y familiar.
El personal de la compañía deberá hacer un uso responsable y exclusivo a efectos de la actividad laboral y/o empresarial de los bienes y servicios que le sean puestos a su disposición, sin que se les permita su uso para fines personales o en beneficio propio.
4.2. CRITERIOS EN EL ENTORNO
Numarsi aboga por una gestión eficiente y responsable de los recursos naturales, promoviendo acciones que propicien el descenso en el consumo de agua y energético, mediante la implantación de políticas de sostenibilidad y eficiencia en los consumos que sean altamente respetuosas con el Medio Ambiente y la Biodiversidad.
Los empleados son responsables de aplicar criterios de eficiencia y optimización en la reducción de los consumos, en la línea de las políticas, procedimientos e instrucciones aprobados por la Compañía, con el fin de garantizar la sostenibilidad medioambiental.
La Compañía exigirá a sus clientes, proveedores y terceros que se relacionen con ella, que cumplan los mismos estándares medioambientales aplicados por la organización en sus procesos internos.
4.3. CRITERIOS EN EL ÁMBITO DEL MERCADO
La Compañía tiene como objetivo la satisfacción de sus clientes para lo cual aplica los más altos estándares de calidad, salud y seguridad en la prestación del servicio, promoviendo siempre la innovación en técnicas y procesos, en el marco del principio rector de mejora continua.
En sus relaciones con las Administraciones Públicas, la compañía actuará en todo momento con la máxima integridad, respeto a la legalidad y a los procedimientos administrativos y con absoluta observancia de las políticas internas en materia de prevención del soborno y de la corrupción.
Quedan terminantemente prohibidos los “pagos de facilitación”, entendiendo por tales, la entrega de dinero o cualquier otro bien o beneficio a favor de funcionario o autoridad pública a cambio de la agilización u obtención de un trámite iniciado ante cualquier tipo de administración u organismo público.
Numarsi apoya firmemente la lucha contra la corrupción y el soborno. Queda totalmente prohibida la aceptación de regalos, dádivas o cualquier clase de beneficios por parte del personal o directivos de la compañía, con la única salvedad de aquellos regalos de escaso valor que estén socialmente aceptados, tales como artículos de propaganda, pequeñas invitaciones de cortesía o regalos de navidad de escasa cuantía.
La elección de proveedores ha de responder a criterios de imparcialidad, exigencia y competitividad, de forma que se permita a la Compañía la prestación de un servicio de máxima calidad.
La organización cumple con las normas de competencia, promoviendo en todas sus actuaciones un comportamiento leal con sus competidores.
Queda prohibida la difusión de cualquier tipo de información engañosa, maliciosa o fraudulenta sobre competidores en el mercado.
5. CUMPLIMIENTO E INTERPRETACIÓN. CANAL DE DENUNCIAS.
El Código Ético de Numarsi, de conformidad con lo estipulado en el apartado segundo del presente documento, habrá de ser acatado por los sujetos a quienes obliga, teniendo todos ellos la obligación de denunciar cualquier vulneración del mismo de la que tengan conocimiento.
5.1. SISTEMA DE GESTIÓN DE CUMPLIMIENTO. COMPLIANCE OFFICER.
La asunción por parte de la compañía de los principios y criterios indicados en el presente Código Ético se promueve desde la más alta dirección de la organización, erigiéndose ésta como último garante de su cumplimiento. Para lo cual se exige una importante labor de difusión por parte de los propios Directivos y de implicación en el proyecto, a fin de que sean un ejemplo a seguir por el resto de la plantilla y personas físicas y/o jurídicas que se relacionen con la empresa.
Con el fin de garantizar el adecuado cumplimiento del Código Ético, la Dirección de la Compañía aprueba la creación de la figura del Compliance Officer, que será designado por el órgano de administración, y que velará por la correcta observancia y aplicación del presente Código Ético, para lo cual se le dotará del presupuesto necesario para realizar las labores de formación, ayuda y asesoramiento que precise para la difusión, puesta en funcionamiento y control de su aplicación.
La inobservancia del Código Ético podrá dar lugar a la imposición de sanciones en los términos establecidos en la normativa laboral que resulte de aplicación.
5.2. CANAL DE DENUNCIAS
La Compañía habilita un canal de denuncias, a fin de que cualquier directivo, empleado, cliente, proveedor o tercero que se relacione con la empresa, pueda comunicar cualquier incumplimiento o comportamiento contrario a los criterios y pautas de actuación fijados en el presente Código Ético, proveniente de algún directivo, empleado o tercero que se relaciones con la empresa.
Asimismo, dicho canal está habilitado para plantear cuantas dudas relativas a la aplicación del presente Código Ético pudieran surgir.
Con el fin de promover la utilización de dicho canal, se garantiza la confidencialidad de las denuncias, a fin de que no trascienda la identidad de los denunciantes. Del mismo modo, se apercibe de que serán sancionadas las denuncias realizadas de mala fe o a sabiendas de su falsedad.
Las denuncias podrán ser canalizadas mediante su envío a través de los siguientes medios:
- Por escrito, a través del formulario que figura en la web corporativa: CANAL DE DENUNCIAS.
- A solicitud del informante, también podrá presentarse mediante una reunión presencial dentro del plazo máximo de siete días. En su caso, se advertirá al informante de que la comunicación será grabada y se le informará del tratamiento de sus datos de acuerdo con lo que establece el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 y la LOPD vigente.
Se dará a las denuncias la tramitación adecuada, respetando los principios de audiencia y presunción de inocencia, y garantizando los derechos de todas las partes implicadas. Se actuará con objetividad e imparcialidad.
Cuando, previa investigación de los hechos e instrucción del procedimiento correspondiente, se determine la existencia de algún comportamiento contrario a la ley o al Código Ético, se procederá a la aplicación de las medidas disciplinarias conforme al régimen de faltas y sanciones previsto en el convenio colectivo, norma sectorial o normativa laboral de aplicación.
Se procederá a la aprobación del correspondiente manual de funcionamiento del canal de denuncias, al objeto de que todo interesado pueda conocer la forma de tramitación de las denuncias.
6. VIGENCIA Y ACTUALIZACIÓN
El presente Código Ético estará vigente desde el día de su aprobación por el Órgano de Administración.
El Código Ético se hará llegar a empleados, directivos y terceros a quienes sea de aplicación, debiendo acusarse por aquéllos recibo de su recepción.
Tanto Directivos como personal de Numarsi, así como clientes, proveedores y terceros que se relacionen con ella, deberán respetarlo y denunciar cualquier incumplimiento del que pudieran tener conocimiento.
El Código Ético será objeto de revisión periódica de forma anual a propuesta del Comité de Cumplimiento, o en un período más breve, si así fuera necesario.
Actualización 14/05/2024